Las nuevas pegatinas que deberán llevar los vehículos.

El Boletín Oficial del Estado publicará próximamente la resolución de la DGT en la que se recoge la clasificación de los vehículos en función de los niveles de contaminación que emiten.

Los parabrisas de los vehículos españoles deberán llevar, además de la pegatina correspondiente a la ITV, un nuevo adhesivo acreditativo de eficiencia energética. Es decir, que los vehículos serán clasificados e identificados en función de su grado de emisiones contaminantes.

En los próximos días, ésta nueva ley de tráfico será publicada en el BOE. Con esta clasificación, se pretende 'premiar' a los vehículos menos contaminantes y ayudar a las políticas municipales en beneficio de la movilidad y, sobre todo, el medio ambiente. Plan nacional de calidad del aire y protección de la atmósfera 2013-2016 ha sido el origen de esta nueva medida.

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Clasificación de los vehículos:

  • Cero Emisiones: Ciclomotores, triciclos, cuadriciclos y motocicletas; turismos; furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el Registro de Vehículos de la DGT como vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.

  • ECO: Turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos híbridos enchufables con autonomía <40km, vehículos híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural, vehículos propulsados por gas natural (GNC y GNL) o  gas licuado del petróleo (GLP).

  • C:Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014. Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías, tanto de gasolina como de diésel, matriculados a partir de 2014. Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 4,5 y 6 y en Diésel  la Euro 6.

  • B: Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero del año 2000 y de diésel a partir de enero de 2006.Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías tanto de gasolina como de diésel matriculados a partir de 2005. Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 3 y en Diésel la Euro 4 y 5.